Cobertura de un seguro de vida
Última modificación: 26 marzo, 2021
El seguro de vida es un producto ofrecido por las aseguradoras que supone una protección de gran importancia para todas Las familias. Para aquellas personas que quieran dejar cubiertas las necesidades de su familia en caso de no poder seguir aportando ingresos a la economía familiar. A causa de su fallecimiento o de incapacidad. Pero, además del fallecimiento del asegurado, el seguro de vida puede cubrir otros riesgos adicionales. Si quieres saber exactamente qué cubre un seguro de vida, te lo explicamos a continuación.
Seguro de Vida – Coberturas
Riesgo principal
El riesgo principal está constituido por el fallecimiento del asegurado sea cual sea la causa. No obstante, lo cierto es que este riesgo suele estar limitado en algunos casos en concreto. Así, existen pólizas que tienen excluido el riesgo de fallecimiento del asegurado por realizar deportes de riesgo, por lo que si el asegurado falleciese durante la práctica de puenting, por ejemplo, la póliza del seguro no correría con los gastos derivados.
Por otro lado, también pueden existir en la póliza del seguro períodos de carencia, durante los cuales no se cubre al asegurado. Así, es muy habitual que los seguros de vida tengan la carencia por suicido, de forma que se intenta evitar que las personas que tengan pensado suicidarse puedan suscribir un seguro de vida de forma previa.
Riesgos adicionales
Las pólizas de seguro de vida no sólo cubren el riesgo principal, sino que también cubren una serie de seguros adicionales, entre los que se encuentran los siguientes:
Enfermedad grave
Los seguros de vida cubren el riesgo de sufrir enfermedades graves, siempre y cuando éstas se encuentren dentro de la relación de enfermedades recogida en nuestra póliza de seguro de vida. No obstante, puede ser que esta cobertura deje de surtir efecto cuando el asegurado alcance cierta edad, ya que es más probable sufrir ciertas enfermedades, tal es el caso del Alzheimer, cuya incidencia es mayor en personas de la tercera edad.
Incapacidad temporal o permanente
Ya sea por una enfermedad o por un accidente, son muchos los seguros de vida que ofrecen protección frente a la eventual incapacidad temporal o permanente que pueda sufrir el asegurado. Así, la póliza del seguro de vida puede cubrir la incapacitación del asegurado que le impida llevar a cabo su actividad laboral y percibir ingresos.
Incapacidad o fallecimiento debido a un accidente
Los seguros de vida suelen ofrecer una compensación por incapacidad o fallecimiento debido a un accidente. Así, cuando la muerte o incapacidad del asegurado se produce por un accidente, la compañía aseguradora nos da una compensación económica extra además de las cantidades que ya se hayan estipulado. Por ejemplo, si el asegurado fallece en un accidente de tráfico, la garantía principal del seguro puede llegar a ser el doble por el mero hecho de fallecer en un accidente de tráfico.
Supuestos excluidos del Seguro de Vida
Como ya se ha dicho, los seguros de vida no cubren el suicidio, si bien es cierto que esto se hace a través de un periodo de carencia, de forma que la póliza no cubrirá el fallecimiento por suicidio cuando éste tenga lugar durante el primer año. Tampoco cubre el seguro los actos imprudentes del asegurado, tal es el caso del consumo de estupefacientes, drogas o alcohol debido a lo cual se ha producido un accidente.
También están excluidos el fallecimiento en accidente aéreo, debido a la práctica de un deporte de riesgo o el fallecimiento provocado por un beneficiario del seguro (el beneficiario ocasiona la muerte del asegurado para cobrar el seguro).
¿Hasta qué edad te cubre un seguro de vida?
Un seguro de vida no puede ser contratado por los menores de 14 años.
No hay una edad máxima para poder contratar un seguro de vida. No obstante, las aseguradoras establecen como edad máxima de contratación de una póliza de seguro de vida, los 65 años en la mayoría de los casos.
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